La facultad del fiscal superior de ordenar acusación directa bajo la cláusula “se proceda según corresponda” del artículo 334, inciso 6 del Código Procesal Penal

Autores/as

  • Karina del Carmen Coronado Zuloeta Ministerio Público

Resumen

El artículo analiza si la cláusula “se proceda según corresponda” del artículo 334, inciso 6 del Código Procesal Penal habilita al fiscal superior a ordenar la formulación de acusación directa al resolver una elevación de actuados contra una disposición de archivo fiscal, bajo una interpretación sistemática, excepcional y garantista.

Biografía del autor/a

Karina del Carmen Coronado Zuloeta, Ministerio Público

Abogada por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Maestra en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial por la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Doctora en Derecho y Ciencia Política por la Escuela de Posgrado de la misma casa de estudios. Actualmente cursa estudios de Maestría en Derecho Penal en la Escuela de Posgrado Universidad Privada Newman. Se desempeña como Fiscal Provincial Penal Titular de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Motupe, Lambayeque.

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Publicado

31-03-2026