Ciberseguridad y derecho frente a los delitos informáticos en el Perú: límites jurídicos de la agravación penal incorporada por la Ley N.º 32314
Resumen
La expansión de los servicios digitales ha incrementado la exposición de personas, empresas y entidades públicas a conductas que afectan sistemas, datos, patrimonio e identidad, mientras el uso de nuevas herramientas permite automatizar acciones, perfeccionar engaños y ampliar su alcance. En este contexto, la Ley N.º 32314 modificó en 2025 el Código Penal peruano y la Ley N.º 30096 para incorporar el empleo de inteligencia artificial y tecnologías similares o análogas dentro de distintas circunstancias de agravación. El artículo analiza los límites jurídicos de esta reforma y determina si la utilización de una tecnología de esta naturaleza basta para justificar un incremento de pena en los delitos informáticos. Se siguió una investigación jurídica dogmática, cualitativa y documental, mediante el examen sistemático de legislación peruana, instrumentos sobre ciberdelincuencia, doctrina penal y literatura reciente sobre criminalidad facilitada por inteligencia artificial. Los resultados muestran que el riesgo tecnológico que motivó la reforma es verificable, pero la redacción del numeral 5 del artículo 11 de la Ley N.º 30096 permite una aplicación excesivamente amplia si se entiende que cualquier empleo de inteligencia artificial agrava automáticamente el delito. Se sostiene que la agravación debe aplicarse únicamente cuando exista utilización consciente de la tecnología, conexión funcional con la ejecución y un incremento material de la capacidad lesiva, el engaño, la automatización, la escala o la posibilidad de eludir controles. Se propone un criterio interpretativo de cinco componentes que preserve legalidad, culpabilidad, proporcionalidad y prohibición de doble valoración.
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