Inadmisibilidad de la demanda de exoneración de alimentos y afectación a la tutela jurisdiccional efectiva: análisis crítico del artículo 565-A del Código Procesal Civil Peruano
Resumen
La presente investigación posee un análisis del tema jurídico que se genera del artículo 565-A del CPC cuando el demandante no acredita que se encuentra al día con los pagos de la pensión, en los términos del citado dispositivo normativo. Esta exigencia se ha introducido con el objetivo de proteger la efectividad de las resoluciones alimentarias en cuanto a su eventual modificación, prorrateo, reducción o exoneración, de manera que no se transformen en falsas soluciones evasivas, pero su aplicación rígida puede suponer la existencia de una barrera económica para que el demandante pueda litigar sobre el fondo del asunto. Finalidad: averiguar si el condicionante de pago previo resulta acorde con la Constitución, o si no lo está en determinadas circunstancias, o si cabe excepciones cuando el incumplimiento es consecuencia de imposibilidad económica efectiva, enfermedad, desempleo, desaparición del estado de necesidad por parte del alimentista o de elementos objetivos que configuren desproporcionado establecer como presupuesto de inadmisibilidad el pago total. Método: investigación cualitativa, jurídico-dogmática, descriptiva y prescriptiva, cimentada en el método hermenéutico, la argumentación normativa, la decisión jurisprudencial, la explicación doctrinal y la comparación. En la conclusión, el pago previo no sólo no debe suprimirse totalmente, sino que tampoco puede ser aplicado en forma automática; es decir, se pueden establecer criterios judiciales de flexibilización y reforma normativa que permitan, en el caso excepcional, la admisión de la demanda cuando la exigencia de carácter económico afecte el contenido esencial de la tutela jurisdiccional efectiva.
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